¿QUÉ ES EL CBD O CANNABIDIOL?
El Cannabidiol es un cannabinoide que se encuentra en el cannabis y es el principal componente de la planta (representa hasta un 40% de sus extractos). No confundir con el THC (tetrahidrocannabidol) que es el componente psicoactivo más conocido de esta planta. El CBD según el comunicado de la OMS en 2017 parece ser una sustancia bastante inocua para la salud y no adictiva.
¿CÓMO ACTÚA EL CBD?
Actúa concretamente como antagonista no específico de CB1 e CB2 e inhibidor de la captación y metabolismo de AEA.
¿ES CONSIDERADO DOPING EL CBD?
El cannabidiol sintético dejó de estar incluido en la lista de sustancias prohibidas por dopaje en 2018 y su empleo en forma de aceite de cannabidiol se ha convertido en un producto de moda en los lugares donde se ha legalizado su uso (Parte de EE.UU, Canadá, Gran Bretaña y Suiza entre otros).
POSIBLES BENEFICIOS CBD
Se le atribuyen muchos posibles beneficios. Como en la gran mayoría de productos “naturales” novedosos ya que aquellos que lo comercializan se cogen a cualquier posible propiedad positiva sin tener en cuenta la calidad y la cantidad de dicha evidencia. Algunos de estos posibles beneficios son: antiinflamatorio, anticonvulsivante, ansiolítico, antiemético, analgésico, antioxidante, antidepresivo y antitumoral.

Pero la ÚNICA INDICACIÓN CLÍNICA ACEPTADA es como tratamiento para la mejoría de los síntomas en pacientes adultos con espasticidad moderada o grave debida a esclerosis múltiple y que no han respondido de forma adecuada a otros medicamentos. El resto de propiedades no son aceptadas debido a su falta de evidencia. Por otro lado, no existe evidencia de que esta sustancia mejore el rendimiento deportivo.
¿EL CBD ES LEGAL EN ESPAÑA?
Por otro lado, la situación España es la siguiente. La comercialización del aceite de CBD se ha intentado llevar adelante en España etiquetándolo como complemento alimenticio, pero este tipo de declaración fue denegada y carece de la autorización administrativa, no entrando así a formar parte en las sustancias aceptadas como complemento alimenticio en el Real Decreto 130/2018 que se modificó el 16 de marzo de 2018. Siendo retirados de los comercios españoles todos aquellos productos que incumplían este Real Decreto. Por otro lado, en España y en la mayoría de países se puede comercializar de forma legal como cosmético en el que el etiquetado debe afirmar “Para uso externo solamente”.
Por último, recalcar que la falta de regulación de dichos productos no asegura al paciente la calidad del producto en sí, la dosis efectiva de CBD, que es fundamental para su efectividad terapéutica, la pureza (posible contaminación con THC) y la ausencia de productos químicos,microbiológicos contaminantes, lo que plantea problemas críticos de seguridad pública.